Subsidio por desempleo: cuánto se cobra
| Periodo reconocido | Porcentaje del IPREM | Importe mensual |
|---|---|---|
| Días 1 a 180 | 95 % | 570 € |
| Días 181 a 360 | 90 % | 540 € |
| Desde el día 361 | 80 % | 480 € |
Ejemplo: una persona con derecho a 18 meses cobraría, antes de ajustes o compatibilidades, 6 × 570 + 6 × 540 + 6 × 480 = 9.540 € en total. Es un ejemplo aritmético, no una resolución individual.

Cuánto dura el subsidio por desempleo
Si no llegas a 360 días cotizados
| Cotización | Sin responsabilidades familiares | Con responsabilidades familiares |
|---|---|---|
| 90 días | 3 meses | 3 meses |
| 120 días | 4 meses | 4 meses |
| 150 días | 5 meses | 5 meses |
| 180 días o más | 6 meses | Hasta 21 meses |
Si has agotado la prestación contributiva
La duración máxima puede ser de 6, 24 o 30 meses según edad, responsabilidades familiares y duración de la prestación agotada. El reconocimiento se realiza por periodos prorrogables; no presupongas el máximo sin comprobar tu resolución.
Las cuantías y requisitos son estatales, por lo que no cambian por residir en Canarias. Sí pueden existir ayudas autonómicas distintas, que no deben confundirse con este subsidio estatal.
Checklist para solicitarlo
- Inscríbete como demandante de empleo y mantén la inscripción.
- Comprueba la vía: agotamiento de prestación o cotización insuficiente.
- Reúne identificación, cuenta bancaria y documentos familiares o de rentas.
- Presenta la solicitud en plazo y conserva justificante.
- Comunica colocación, cambios de renta o salida al extranjero.

Preguntas frecuentes
¿Cuánto se cobra de subsidio por desempleo?
En el régimen general, 570 euros mensuales los primeros 180 días, 540 euros desde el día 181 al 360 y 480 euros desde el día 361, mientras exista derecho.
¿Cuánto dura el subsidio si no llego a 360 días cotizados?
Con 90, 120 o 150 días cotizados dura 3, 4 o 5 meses. Con 180 días dura 6 meses sin responsabilidades familiares y puede llegar a 21 meses con ellas, mediante prórrogas.
¿El subsidio para mayores de 52 años funciona igual?
No. Tiene requisitos, cuantía, cotización para jubilación y duración propios; conviene revisar su guía específica y la resolución del SEPE.
Fuentes y fecha de comprobación
Consultadas el 14 de octubre de 2026. La resolución del SEPE prevalece sobre los ejemplos.



