Seguro de impago de alquiler: precio, coberturas y requisitos
Compara el límite de rentas, la carencia, la franquicia, la defensa jurídica y las exclusiones. El precio por sí solo no permite saber qué póliza protege mejor.
Comparar el coste →¿Cuánto representa el seguro?
Introduce una oferta real. No utilizamos un porcentaje comercial genérico porque la prima depende de cada póliza y perfil.
La cobertura teórica no es una indemnización garantizada. Prevalecen límites, carencias, franquicias, obligaciones y exclusiones de la póliza.
Qué es un seguro de impago de alquiler
Es una póliza que protege al asegurado frente a determinados impagos de renta dentro de los límites contratados. Puede incorporar defensa jurídica y garantías adicionales, pero no todas las pólizas cubren lo mismo.
¿Qué cubre un seguro de impago de alquiler?
- Rentas impagadas durante el número máximo de meses indicado.
- Defensa jurídica y gastos de reclamación dentro de sus límites.
- Actos vandálicos u otras garantías solo cuando figuren expresamente.
- Asistencia o cambio de cerraduras si la póliza lo contempla.
¿Cuánto cuesta un seguro de impago de alquiler?
No hay una tarifa universal. La prima depende de la renta, duración de cobertura, franquicia, perfil del riesgo y servicios añadidos. Compara siempre el precio anual total con exactamente el mismo número de meses, límites y garantías.
¿Qué requisitos suele pedir la aseguradora?
Antes de aceptar el riesgo, la aseguradora puede estudiar la solvencia del inquilino y solicitar nóminas, contrato laboral, declaraciones fiscales u otros documentos justificativos. Cada entidad fija sus criterios; una póliza no debe darse por contratada hasta recibir la aceptación y documentación correspondiente.
Siete puntos que debes comparar
- Número máximo de mensualidades cubiertas.
- Carencia, franquicia y fecha desde la que se indemniza.
- Impagos o contratos anteriores excluidos.
- Plazo y forma de comunicar el siniestro.
- Defensa jurídica, límites y elección de profesionales.
- Daños cubiertos, límites y documentación exigida.
- Prima inicial, renovaciones y causas de cancelación.
Exclusiones y letra pequeña
Revisa qué sucede si el contrato ya estaba en vigor, si cambia el inquilino, existe retraso previo, se pacta una rebaja o no se comunica el impago a tiempo. La Ley de Contrato de Seguro exige que las condiciones se redacten de forma clara y precisa y regula las cláusulas limitativas.
¿Quién paga el seguro?
La protección y el beneficiario principal suelen corresponder al propietario. No debe asumirse que el coste puede trasladarse automáticamente al inquilino. El Consejo de Consumidores y Usuarios ha recogido como abusiva una cláusula que imponía al arrendatario el pago de un seguro de impago destinado a indemnizar al casero.
Seguro, aval y fianza
No son equivalentes. La fianza del alquiler cumple una función legal; un aval depende de sus términos y el seguro de su póliza. Para medir el impacto en la inversión, usa también la calculadora de rentabilidad y revisa los gastos deducibles del alquiler.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos meses cubre?
Depende de la póliza. Hay que comparar límite, carencia, franquicia y condiciones de indemnización.
¿Cubre cualquier impago?
No. Existen exclusiones y obligaciones de comunicación que deben revisarse antes de contratar.
¿Sustituye a la fianza?
No. La fianza legal, un aval y el seguro son instrumentos distintos.
Referencia legal. Ley 50/1980, de Contrato de Seguro. Las coberturas reales dependen de las condiciones generales y particulares de cada póliza.
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