Ejemplo: servicio de 1.000 € desde Tenerife
Supuesto educativo: profesional establecido en Tenerife presta un servicio general a un consumidor situado en Canarias y la operación está sujeta al tipo general del IGIC. Base: 1.000 €. IGIC hipotético al 7 %: 70 €. Total: 1.070 €. Si el cliente fuera una empresa de Península que recibe allí el servicio, la regla general B2B sitúa la operación donde está el cliente y el tratamiento cambia; no copies el 7 % del primer caso.
| Pregunta | Respuesta útil | Siguiente paso |
|---|---|---|
| ¿Bien o servicio? | Determina reglas distintas | Describe la operación real |
| ¿Empresa o consumidor? | Cambia la localización | Comprueba NIF y sede |
| ¿Dónde se localiza? | Canarias, TAI u otro país | Aplica impuesto o exención |
| ¿Régimen especial? | Puede cambiar la cuota | Revisa REPEP y actividad |

Canarias no forma parte del territorio del IVA
La Agencia Tributaria delimita el territorio del IVA a Península y Baleares. Canarias aplica su impuesto indirecto propio. La Ley 20/1991 somete al IGIC entregas de bienes, prestaciones de servicios e importaciones realizadas conforme a sus reglas.
El cliente de Península no convierte todo en IVA
En servicios entre empresarios, la regla general atiende al lugar donde el cliente tiene la sede o establecimiento que recibe el servicio. En operaciones con consumidores se aplican otras reglas generales y numerosas excepciones: inmuebles, eventos, transporte, telecomunicaciones y servicios electrónicos, entre otras. Por eso una tabla de “Canarias = IGIC; Península = IVA” es insuficiente.

REPEP: factura exenta, no actividad invisible
Una persona física incluida en el Régimen Especial del Pequeño Empresario o Profesional puede emitir determinadas facturas sin repercutir IGIC e incluir la mención “Exención franquicia fiscal”. Sigue teniendo obligaciones de facturación, registro y declaración que correspondan.
Lista antes de emitir
- Describe bien o servicio y fecha de devengo.
- Identifica tipo de cliente y establecimiento receptor.
- Comprueba regla general y posibles excepciones.
- Verifica tipo, exención y texto obligatorio de factura.
- Guarda evidencia del domicilio fiscal del cliente.
Para separar la cuota cobrada del dinero disponible, registra base e impuesto por separado en la calculadora de presupuesto; el ejemplo son 1.000 € de ingreso y 70 € que no deben confundirse con margen.
Fuentes oficiales y método
Reglas comprobadas el 25 de octubre de 2026. El ejemplo de 1.000 € usa el tipo general del 7 % como supuesto sujeto; actividades y servicios concretos pueden tener otro tipo o exención.
- Agencia Tributaria — territorio de aplicación del IVA
- Agencia Tributaria — reglas de localización de servicios
- BOE — Ley 20/1991 del IGIC
- Agencia Tributaria Canaria — REPEP
Guía educativa; ante operaciones internacionales, inmuebles o excepciones sectoriales conviene consultar a la ATC o a un profesional tributario.



