Ejemplo: 8 años, salario diario de 100 € y acuerdo de 35.000 €
Supuesto didáctico en territorio común y Canarias, revisado el 4 de noviembre de 2026. Se simplifica la antigüedad a ocho años completos y no hay periodo anterior al 12 de febrero de 2012.
| Concepto | Cálculo | Importe |
|---|---|---|
| Referencia objetiva | 100 € × 20 días × 8 años | 16.000 € |
| Referencia improcedente | 100 € × 33 días × 8 años | 26.400 € |
| Acuerdo total | Importe percibido | 35.000 € |
| Exceso sobre 33 días | 35.000 € − 26.400 € | 8.600 € |
Si se cumplen los requisitos para que 26.400 € sean la cuantía exenta, los 8.600 € restantes tributarían como rendimiento del trabajo. No basta con esta resta: la calificación del despido y la forma del acuerdo deben estar documentadas. Un despido objetivo procedente puede tener un límite distinto.

Las cuatro comprobaciones que cambian el resultado
- Causa y calificación: objetivo, colectivo, disciplinario, improcedente u otra extinción.
- Cuantía obligatoria: días por año y máximo de mensualidades aplicables.
- Forma: sentencia, conciliación administrativa o simple pacto privado no producen siempre el mismo efecto fiscal.
- Tope: incluso una cuantía obligatoria exenta no puede superar 180.000 €.
La Ley del IRPF aclara que los acuerdos alcanzados en el acto de conciliación administrativa no se consideran, por ese solo motivo, una indemnización establecida por pacto o contrato. Conserva carta de despido, nóminas, antigüedad, acta y justificante bancario.
Canarias: misma exención, tipo final distinto
El artículo 7.e de la Ley del IRPF es estatal y el límite de 180.000 € también. Si existe una parte sujeta, entra en la base general y el impuesto final depende del resto de rentas, reducciones y de la escala autonómica canaria. Por eso no es correcto aplicar un porcentaje único al exceso sin la declaración completa.

Cuándo puede existir reducción por irregularidad
La parte que tributa puede requerir analizar la reducción del 30 % para determinados rendimientos con periodo de generación superior a dos años u obtenidos de forma notoriamente irregular. No es automática: existen límites, incompatibilidades y requisitos temporales. Trátala como una comprobación adicional, no como una promesa de ahorro.
Checklist antes de presentar la renta
- Fecha de alta, fecha de cese y salario regulador.
- Tipo de despido y norma aplicada.
- Importe legal, mejora pactada y tope de 180.000 €.
- Acta de conciliación o resolución judicial, si existe.
- Certificado de retenciones y datos fiscales.
- Consulta profesional si hay antigüedad anterior a 2012, salario variable o acuerdo complejo.
Para ordenar el impacto laboral completo, sigue la guía de indemnización y paro tras un despido colectivo. Si vas a empezar otro empleo, revisa cuándo puede compatibilizarse el paro con trabajo.
Fuentes oficiales y método
Ámbito: IRPF estatal español, incluida Canarias; importes en euros. La escala autonómica solo afecta a la parte sujeta. No es asesoramiento fiscal personalizado.
- BOE — Ley 35/2006 del IRPF, artículo 7.e
- BOE — Estatuto de los Trabajadores, artículos 53 y 56
- Dirección General de Tributos — consulta V2067-24
- Agencia Tributaria — indemnizaciones exentas
Cálculos propios: 100 × 20 × 8 = 16.000 €; 100 × 33 × 8 = 26.400 €; 35.000 − 26.400 = 8.600 €. La situación real puede activar reglas transitorias o límites distintos.


