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IMPUESTOS Y FAMILIA

Le das 10.000 € a tu hijo y el banco no es el problema: el impuesto y el plazo empiezan ese día

Si entregas 10.000 € a tu hijo sin obligación real de devolverlos, no es solo una transferencia: es una donación. El donatario —quien recibe— es el contribuyente del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. La cuota y los requisitos dependen de la comunidad autónoma y de cómo se documente.

Documentos financieros, teléfono y bolígrafo sobre una mesa
Fotografía ilustrativa; no representa una entidad, producto o caso concreto. Kelly Sikkema / Unsplash · Licencia gratuita
Respuesta rápida: documenta la donación antes o al realizarla, identifica la administración competente y presenta el modelo 651 en plazo aunque la cuota resulte reducida o bonificada. En Canarias, la ATC indica un mes desde el acto o contrato; en supuestos gestionados por la AEAT estatal, la regla general es 30 días hábiles.

Ejemplo: 10.000 € para un hijo residente en Canarias

Supuesto didáctico a 31 de octubre de 2026: un padre transfiere 10.000 € a su hija adulta, residente habitual en Canarias, sin devolución. Es dinero —bien mueble— y la adquirente es quien debe autoliquidar. La Agencia Tributaria Canaria indica el modelo 651 y un plazo de un mes desde el acto o contrato.

Qué cambia según lo que realmente se acuerda
OperaciónObligación económicaTratamiento a comprobar
Donación de 10.000 €No se devuelveISD y modelo 651
Préstamo familiar de 10.000 €Se devuelve según contrato realDocumentación y tributación propia del préstamo
Pago directo de un gastoDepende del acuerdoPuede seguir siendo liberalidad; revisar el caso

No se calcula una cuota genérica porque sería engañoso: influyen residencia, parentesco, patrimonio preexistente, acumulación de donaciones, reducciones, bonificaciones y requisitos formales. Una cuota baja no elimina automáticamente la obligación de presentar.

Dos personas revisando y firmando documentación
Fotografía ilustrativa; no representa una entidad, producto o caso concreto. Gabrielle Henderson / Unsplash · Licencia gratuita

Quién presenta, dónde y cuándo

  • Contribuyente: el hijo o persona que recibe la donación.
  • Devengo: el día en que se celebra o causa el acto.
  • Canarias: la ATC gestiona dinero y otros bienes muebles cuando el donatario reside habitualmente en las islas; publica un plazo de un mes.
  • No residentes: pueden entrar en la competencia estatal y en reglas distintas; la AEAT indica 30 días hábiles para sus supuestos.
  • Modelo: 651, con documentación del acto y de las partes.

No esperes a que el banco “avise”. La obligación tributaria nace por la transmisión gratuita. Una transferencia bancaria sirve como prueba del movimiento, pero no sustituye el documento que explica su causa.

Documentos que conviene preparar

  1. Identificación de donante y donatario.
  2. Documento de donación con importe, fecha y aceptación.
  3. Justificante bancario con concepto coherente.
  4. Prueba de residencia habitual cuando determine la competencia o un beneficio.
  5. Requisitos específicos de la reducción o bonificación que pretendas aplicar.
  6. Autoliquidación y justificante de presentación, incluso si el resultado es cero.
Persona revisando cifras con calculadora y cuaderno
Fotografía ilustrativa; no representa una entidad, producto o caso concreto. Jakub Żerdzicki / Unsplash · Licencia gratuita

Dos errores que cambian el resultado

Llamar préstamo a un regalo. Un préstamo exige devolución real y coherencia documental. Inventar cuotas que nunca se pagan no convierte la entrega en préstamo. Fraccionar sin revisar acumulaciones. La Ley del ISD acumula determinadas donaciones del mismo donante al mismo donatario dentro de tres años para calcular la cuota.

Si la operación se relaciona con una herencia, consulta renunciar a una herencia en favor de los hijos: una renuncia a favor de persona determinada puede tener consecuencias distintas. Para ordenar liquidez familiar antes de entregar dinero, usa la guía del fondo de emergencia.

Fuentes oficiales y método

Ámbito principal: donación de dinero entre personas físicas, con foco en Canarias. Moneda: euros. No se estima una cuota sin datos personales ni normativa autonómica aplicable.

La competencia, cuota y beneficios fiscales deben verificarse con residencia, fecha, parentesco y documentación reales.