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Terremoto y seguro de hogar: qué cubre el Consorcio

Terremoto y seguro de hogar: en España, los daños directos pueden corresponder al Consorcio de Compensación de Seguros cuando hay una póliza válida con recargo. No hace falta una declaración de zona catastrófica ni una magnitud mínima, pero sí demostrar la causa y los bienes dañados.

Respuesta rápida: ponte a salvo, sigue las instrucciones de emergencias y documenta los daños sin entrar en una zona insegura. Comprueba que la póliza estaba en vigor, localiza el recibo y comunica el siniestro al Consorcio cuanto antes.

Terremoto y seguro de hogar: quién responde

El Reglamento del seguro de riesgos extraordinarios incluye expresamente el terremoto. La cobertura pública no sustituye a la póliza privada: se apoya en ella. Para que el Consorcio indemnice daños materiales debe existir un seguro incluido en el sistema, con la prima y el recargo correspondientes pagados y sin suspensión de cobertura.

En una vivienda, la póliza marca qué se aseguró y con qué capital. Si solo está asegurado el continente, no debe suponerse que el contenido queda incluido. Si continente y contenido aparecen contratados, el Consorcio toma como referencia esos bienes y sumas aseguradas, sin que el límite se convierta automáticamente en la indemnización.

ElementoQué revisarQuién lo valora
ContinenteEstructura, paredes, instalaciones fijas y capital asegurado.El Consorcio valora el daño extraordinario directo.
ContenidoMuebles, electrodomésticos y objetos incluidos en la póliza.El Consorcio contrasta daños, preexistencia y límites.
Elementos comunesPóliza de la comunidad y capital de continente comunitario.Se tramita en el expediente correspondiente a la comunidad.
Daños indirectosCortes de suministros, pérdida de uso y otros gastos.Depende de la cobertura contratada y de las exclusiones.

Qué hacer después de un terremoto

  1. Aléjate de fachadas, muros, cristales y elementos que puedan caer; obedece a 112 y a las autoridades.
  2. No entres en la vivienda si hay grietas importantes, olor a gas, cables expuestos o una orden de desalojo.
  3. Haz fotografías y vídeos generales y de detalle desde una posición segura.
  4. Localiza póliza, último recibo, referencia catastral o dirección exacta y datos de contacto.
  5. Prepara una relación de bienes afectados con antigüedad, valor aproximado y pruebas de preexistencia.
  6. Comunica los daños al Consorcio por internet o por sus teléfonos oficiales; anota el número de expediente.
  7. Avisa también a tu aseguradora o mediador para coordinar coberturas y evitar expedientes duplicados.
  8. Conserva restos y facturas. Si una reparación urgente no puede esperar, documenta el antes y el después.

No existe ventaja en esperar a que terminen todas las réplicas para abrir el expediente. Puede ampliarse la documentación después, identificando fechas y daños, pero nunca debe arriesgarse la seguridad para conseguir pruebas.

Requisitos del Consorcio para daños por terremoto

La normativa exige una póliza de las que llevan recargo obligatorio a favor del Consorcio. Las pólizas multirriesgo de hogar suelen encajar por sus coberturas de incendio y otros daños, pero hay que comprobar el recibo y las condiciones concretas.

Para fenómenos naturales existe, con excepciones, un plazo de carencia de siete días naturales desde la emisión o efecto de una póliza nueva. No se aplica del mismo modo a una renovación o sustitución sin interrupción, ni a una revalorización automática del capital. Contratar después de notar un temblor no convierte en asegurados los daños ya producidos.

El terremoto no necesita superar una magnitud determinada ni ser declarado oficialmente catástrofe para entrar en la definición reglamentaria. Lo decisivo es que el movimiento del terreno sea la causa directa del daño y que el contrato cumpla los requisitos.

Ejemplo de cálculo de daños

Supón una vivienda con 12.500 € de daños directos en continente, 3.200 € en contenido y 900 € de desescombro documentado. La suma inicial de partidas sería de 16.600 €.

Ese total es una reclamación orientativa, no una indemnización garantizada. El perito comprobará si cada daño procede del terremoto, si el bien existía, el valor de reparación o reposición, la suma asegurada, un posible infraseguro, los límites de gastos complementarios y cualquier franquicia aplicable.

El reglamento limita conjuntamente ciertos gastos complementarios al 4% de la suma asegurada. Por ejemplo, con un capital de continente de 120.000 €, el 4% serían 4.800 €. El gasto hipotético de 900 € quedaría por debajo de ese máximo, pero todavía tendría que ser necesario, estar documentado y corresponder a una partida cubierta.

Cómo acreditar grietas y daños preexistentes

Una fotografía de la grieta después del temblor no siempre demuestra por sí sola cuándo apareció. Reúne imágenes anteriores, informes de la comunidad, partes de mantenimiento, inspecciones, facturas y testimonios. Fotografía una referencia de escala y la ubicación completa, no solo un primer plano.

En edificios, el administrador o presidente debería coordinar una revisión técnica y la reclamación de elementos comunes. Cada propietario o inquilino puede necesitar un expediente distinto para sus bienes particulares. Evita incluir la misma reparación en dos reclamaciones.

Si el daño es estructural, no encargues una reparación definitiva sin que un técnico determine primero la seguridad y el alcance. El coste del profesional elegido exclusivamente por el asegurado para valorar el daño no debe darse por cubierto: el reglamento excluye los honorarios de esos peritos de los gastos complementarios.

¿Se aplica una franquicia?

La normativa permite una franquicia en seguros de daños según la regulación aplicable. No restes un porcentaje genérico por tu cuenta ni des por hecho que será cero. El Consorcio debe indicar la franquicia que corresponda al tipo de bien y expediente. Para entender el resultado, pide el desglose de valoración, límites, infraseguro y deducciones.

Propietario, inquilino y comunidad

  • Propietario: normalmente acredita y reclama el continente de su vivienda y el contenido que sea suyo.
  • Inquilino: reclama sus bienes si dispone de cobertura de contenido; no debe asumir que la póliza del casero los protege.
  • Comunidad: tramita los daños en estructura, fachada, cubierta, ascensor e instalaciones comunes según su póliza.

Si hay dudas sobre qué es privativo o común, consulta la escritura, los estatutos y la póliza comunitaria. Coordinar expedientes ayuda a separar una grieta interior decorativa de un daño que afecta a la estructura del edificio.

Terremotos y viviendas en Canarias

Las reglas del Consorcio son estatales y se aplican también en Canarias. La serie sísmica registrada en Agaete a comienzos de septiembre de 2026 generó interés público, pero la información de RTVC basada en datos del Instituto Geográfico Nacional describió movimientos pequeños y sin incidencias relevantes comunicadas. Un temblor percibido no implica por sí solo que exista un daño indemnizable.

La insularidad puede influir en la disponibilidad de técnicos, alojamiento o materiales, pero no cambia la definición nacional de terremoto ni los requisitos básicos de la cobertura. Sigue las comunicaciones del IGN, 112 Canarias, cabildo y ayuntamiento; no uses mensajes virales como base para decidir si un edificio es seguro.

Para otros fenómenos hay reglas distintas. Consulta la guía sobre daños por tormenta y Consorcio o la de incendio forestal y seguro de hogar: un incendio forestal no se tramita automáticamente como un terremoto.

Preguntas frecuentes

¿Cubre el seguro de hogar los daños de un terremoto?

Los daños directos por terremoto pueden quedar cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros si existe una póliza incluida en el sistema, está en vigor y se ha pagado el recargo correspondiente. Los bienes y capitales cubiertos parten de lo contratado en la póliza.

¿Tengo que reclamar al seguro o al Consorcio?

La indemnización por el riesgo extraordinario corresponde al Consorcio, aunque la aseguradora o el mediador pueden ayudar a comunicar el daño. Conviene avisar también a la compañía para separar los daños extraordinarios de otras coberturas de la póliza.

¿Hay que esperar a que el terremoto sea declarado catástrofe?

No. La cobertura del Consorcio no exige una declaración pública de zona catastrófica ni que el terremoto alcance una magnitud concreta. Debe acreditarse que el daño directo procede del fenómeno y que se cumplen los requisitos del seguro.

¿Puedo reparar antes de la visita del perito?

Solo lo urgente para evitar daños mayores o riesgos. Antes, fotografía y graba el estado, conserva restos cuando sea seguro, guarda presupuestos y facturas y comunica la actuación al Consorcio o a la aseguradora.

Fuentes oficiales y metodología

Normativa y fuentes comprobadas el 5 de septiembre de 2026. Las cifras del ejemplo son hipotéticas y no estiman una indemnización individual. La cobertura depende de la póliza, el recibo y el expediente. Es información general, no asesoramiento jurídico o asegurador. Consulta la metodología y la política editorial.

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